jueves, 17 de septiembre de 2009

PARALELO ISS Y SOAT

PARALELO ISS
Derecho de sala art. 48

No se factura procedimientos quirúrgicos cruentos

Si el paciente pos quirúrgico supera las 6 horas se factura sala de observación.

Procedimientos bilaterales. Se factura al 75% adicional de las UVR, un procedimiento con el mismo especialista, con una vía de acceso, con una intervención o procedimiento, los demás procedimientos se facturan al 50%.

SALA DE PARTO: Incluye las unidades de trabajo del parto, post parto y observación del recién nacido

Sala de recuperación art. 54
Comprende los siguientes servicios: dotación básica, los equipos con sus accesorios e implementos, uso de ropa reutilizable o desechable y la atención de enfermería, por eso se pagará las siguientes tarifas: nivel I $26.705, nivel II $35.055, nivel III $42.125. Procedimiento ambulatorio si el paciente supera las 6 horas, si se factura antes no. Si el cirujano decide que la recuperación debe ser en la UCI por un periodo inferior a 24 horas, se factura al 50% dependiendo del tipo de cama

Derecho de sala especial dependiendo el tipo de cama ART. 50
Se factura únicamente cuando no se puede realizar el procedimiento en un consultorio

Derecho de sala urgencia art. 52


Se factura si pasa las dos horas de observación y es un valor diario salas de observación nivel I, nivel II, nivel III, sala de sutura de heridas, sala de curaciones


Materiales art. 55

Los materiales que superen las 170 UVR se facturan al consumo.

Los procedimientos que se hagan en la sala especial, los materiales están incluidos en la sala art. 51.

Los materiales de sutura, curaciones, agentes y gases anestésicos utilizados en cualquier intervención, que estén en los artículos 45 y 50 se facturará 9.410 y los materiales que se encuentren en los artículos 21 y 45 se factura 2.065

Procedimientos bilaterales con menos de 170 UVR se reconocerá un 75% adicional por conceptos de material se sutura, curaciones, soluciones, oxigeno, gases y agentes anestésicos de acuerdo a las UVR


Habitación art. 43

La estancia son valores máximos cuando se garanticen en forma integra. Todos los servicios determinados en el artículo 35 a 41, en caso de cualquier anomalía no se suministre ningún medicamento o material su valor será descontado

Al día del ingreso del paciente se factura más no el ingreso, cualquiera que sea el servicio de hospitalización, la hora de entrada y de salida del mismo en caso de que un paciente este enfermo a 24 horas en cualquier circunstancia de hospitalización se pagará la tarifa correspondiente a la estancia según el servicio que ocupó

Cuando el paciente por prescripción del médico es trasladado de un servicio a otro se factura la utilización de la más cara hospitalización.

Ambulancia PAG 190

El manual tiene establecido los valores para cada tipo de ambulancia a “Ambulancia de traslado”, traslado simple, traslado redondo. Tiene establecido el valor es de los recorridos.

Consultas PAG 165 ART. 47

Consulta externa

Consulta ambulatoria, de medicina general, consulta ambulatoria de médico especialista

Consulta de urgencias

Consulta de urgencias por médico general, consulta de urgencias por médico especialista

Consulta pre-quirúrgica y/o intrahospitalaria, por el especialista de clínicas de urgencia
Consulta preanestesia

Los servicios profesionales distintos a los anteriores pagarán conforme a lo estipulado en los artículos 44, 45 y 46

Atención diaria Intrahospitalaria ART. 46 PAG. 163

Atención diaria intrahospitalaria por el especialista tratante del paciente no quirúrgico obstétrico o quirúrgico en instituciones de complejidad

Atención diaria intrahospitalaria por el médico general tratante del paciente no quirúrgico

Es decir, el paciente que no supera los 15 días de recuperación no se factura

Atención diaria intrahospitalaria por el especialista tratante del paciente quirúrgico

Es decir, el paciente que supera los 15 días de recuperación Y se factura el tiempo que este hospitalizado


Nutrición parenteral o enteral:
El nutricionista se factura con el valor de 3740, más los medicamentos y productos de nutrición parenteral o enteral, y se factura los equipos necesarios para poder hacer los procesos de nutrición.

Se actualiza:
Este manual esta con las tarifas del año 2000 por lo consiguiente las entidades o partes le asignan un porcentaje a los valores que están en este manual. Las entidades cada determinado tiempo cambian los porcentajes de los procedimientos.




PARALELO SOAT
Derecho de sala art. 48


Se facturan procedimientos quirúrgicos cruentos

Si el paciente supera las 6 horas, se factura la UCI, la UCE al 50% dependiendo del grupo

Procedimientos bilaterales se factura al 50% adicional de acuerdo al grupo quirúrgico, un procedimiento con el mismo especialista en diferente región de procedimiento o un diferente especialista, se factura al 100% dependiendo del grupo

SALA DE PARTO: incluye todos los materiales para el parto, postparto y observación del recién nacido. Cuando el parto es por cesaría, los derechos de sala de cirugía se factura de acuerdo al grupo.

Sala de recuperación art. 57: Un paciente pos quirúrgico supere las 6 horas y está clasificado en grupos del 2 al 13 se factura al 50%, en caso de cirugía ambulatoria y supera las 6 horas se factura una habitación de tres camas de acuerdo por la clasificación de la institución en caso donde al paciente no se le haya asignado pieza para su hospitalización. Si el cirujano tratante decide que la recuperación debe ser en la UCI menor a 24 horas se factura 50% adicional.


Urgencia y consulta externa en derechos DESPLA

Los derechos de sutura o curaciones incluye uso de consultorio o sala instrumental, material de sutura y curaciones, asistencia local, servicio de enfermería, sala de sutura y sala de recuperación.

Materiales art. 55

Los materiales que superen el grupo del 20 al 23 se factura el consumo.

Los materiales que necesita para procedimientos están incluidos en el art. 52

Los materiales de sutura, curaciones, medicamentos, soluciones, oxigeno, agentes anestésicos se factura con el 39.305

En procedimientos bilaterales se facturan al 75% adicional establecido para el concepto de materiales de sutura, curaciones, drogas, medicamentos, soluciones, oxigeno, agentes anestésicos de acuerdo al grupo

Habitación art. 47

La estancia se reconoce hasta por 24 horas, cuando se garantice en forma integral todos los servicios establecidos en el art. 40 y 45

En caso de cualquier anomalía no se suministre algún medicamento o material su valor será descontado

Cuando la permanencia en observación es menor a 6 horas se reconocerá los valores señalados, si supera las 6 horas facturará habitación de 4 camas o más camas según el nivel de la institución.

Cuando un paciente se encuentra en la sala de observación para el servicio de hidratación, los líquidos que consuma se reconocerán hasta por el precio comercial del catálogo a la venta al público.


Ambulancia

Cada institución tiene precios establecidos para las ambulancias, tiene los precios establecidos para los recorridos y para cada tipo de ambulancia


Consultas PAG 94

Consulta externa PAG 94

Consulta ambulatoria de medicina general, medicina especializada


Consulta de urgencias

Consulta de urgencias, sutura

Consulta ambulatoria de medicina especializada, junta de médicos quirúrgica cada especialista por reunión

Consulta preanestesia


Atención diaria Intrahospitalaria PAG 106

Atención diaria intrahospitalaria por el especialista tratante del paciente no quirúrgico u obstétrico

Es decir, el paciente no supera los 15 días de recuperación, no se factura

Atención diaria intrahospitalaria por el especialista tratante del paciente quirúrgico u obstétrico

Es decir, el paciente que supera los 15 días Y se factura el tiempo que este hospitalizado


Nutrición parenteral o enteral:
Nutricionista con el 0.84 los medicamentos nutricionales y los elementos para aplicar esos medicamentos.

Se actualiza:
Este manual se actualiza cada año por medio del salario mínimo legal vigente.







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